Cooperadora Luis Viale

domingo, 2 de septiembre de 2012

LA NUEVA LEY DE COOPERADORAS ESCOLARES





Por Diego Szlechter
papá de 1er. grado

La Cámara de Diputados de la Nación sancionó una ley que promueve y brinda protección a las cooperadoras escolares. Les da mayor autonomía y establece que su papel no debe reemplazar las funciones del Estado.

En su origen, las asociaciones cooperadoras tuvieron como objetivo llenar un espacio que el Estado ocupaba deficientemente, cumpliendo un rol fundamental en la integración de la mayor cantidad de niños y niñas al sistema educativo. 

La cooperadora escolar es el lugar por excelencia que tienen las familias para participar en la escuela y colaborar con ella en su tarea pedagógica. Y esa participación es necesaria porque implica un doble compromiso: por un lado acompañar a los chicos en el desarrollo de su proceso de aprendizaje; por el otro, vincular a los padres con los docentes, con los directores y con los alumnos. Así se conforma la comunidad educativa, mediante la existencia de pautas, herramientas y objetivos comunes, que permiten la construcción de un proyecto institucional para cada establecimiento educativo. Allí radica la importancia del movimiento cooperador en el sistema educativo.

Se trata de pensar la educación como una construcción colectiva, obra de toda la comunidad: maestros, autoridades, padres y alumnos. La nueva ley permite fortalecer el propósito de la Ley de Educación Nacional Nro. 26.206, en el sentido de “Asegurar la participación democrática de docentes, familias y estudiantes en las instituciones educativas de todos los niveles” y “Promover la participación de la comunidad a través de la cooperación escolar en todos los establecimientos educativos de gestión estatal”, así como también “Participar en las actividades de los establecimientos educativos en forma individual o a través de las cooperadoras

Tampoco, en caso de que se organicen actividades de fin de semana dentro de la institución, será necesaria la presencia de los directivos. La cooperadora tiene rango institucional dentro del ámbito educativo. “Si un kiosquero que pertenece a la cooperadora tenía un accidente de trabajo, terminaba en juicio por no tener resguardo legal. Ahora tiene amparo”, graficó el senador Daniel Filmus. 

El Ministerio de Educación de la Nación también se constituirá como un actor importante, ya que, según indica el artículo 8, “diseñará campañas de difusión relativas a la importancia de la cooperación y la participación ciudadana en el ámbito educativo”. 

Además, el Consejo Consultivo de Políticas Educativas del Consejo Federal de Educación las nucleará a nivel jurisdiccional, provincial y nacional.

Según la nueva norma, cada jurisdicción deberá tener su propia legislación para regular a las cooperadoras. En la Ciudad de Buenos Aires se aplican la ordenanza 35.514 y otras normativas complementarias

A modo de síntesis, de acuerdo a la nueva Ley, la implementación de las acciones de las cooperadoras debe guiarse por los siguientes principios generales:

a) Integración de la comunidad educativa.
b) Democratización de la gestión educativa.
c) Mejora de los establecimientos escolares.
d) Fomento de prácticas solidarias y de cooperación.
e) Promoción de la igualdad de trato y oportunidades.
f) Promoción de la inclusión educativa.
g) Defensa de la educación pública.

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