Por Diego Szlechter
papá de 1er. grado
La Cámara de Diputados de la Nación sancionó una ley que promueve y brinda protección a las cooperadoras escolares. Les da mayor autonomía y establece que su papel
no debe reemplazar las funciones del Estado.
En su origen, las asociaciones cooperadoras tuvieron como objetivo llenar un espacio que el Estado ocupaba
deficientemente, cumpliendo un rol fundamental en la integración de la mayor cantidad de niños y niñas al sistema educativo.
La cooperadora escolar es el lugar por excelencia que tienen
las familias para participar en la escuela y colaborar con ella
en su tarea pedagógica. Y esa participación es necesaria porque
implica un doble compromiso: por un lado acompañar a los chicos en
el desarrollo de su proceso de aprendizaje; por el otro,
vincular a los padres con los docentes, con los directores y con los
alumnos. Así se conforma la comunidad educativa, mediante la
existencia de pautas, herramientas y objetivos comunes, que permiten la construcción de un proyecto institucional para cada
establecimiento educativo. Allí radica la importancia del movimiento
cooperador en el sistema educativo.
Se trata de pensar la educación como una construcción
colectiva, obra de toda la comunidad: maestros, autoridades, padres y alumnos. La nueva ley permite fortalecer el propósito de la
Ley de Educación Nacional Nro. 26.206, en el sentido de
“Asegurar la participación democrática de docentes, familias y
estudiantes en las instituciones educativas de todos los niveles” y
“Promover la participación de la comunidad a través de la cooperación
escolar en todos los establecimientos educativos de gestión
estatal”, así como también “Participar en las actividades de los
establecimientos educativos en forma individual o a través de las cooperadoras
Tampoco, en caso de que
se organicen actividades de fin de semana dentro de la
institución, será necesaria la presencia de los directivos. La cooperadora
tiene rango institucional dentro del ámbito educativo. “Si un kiosquero que pertenece a la cooperadora tenía un
accidente de trabajo, terminaba en juicio por no tener resguardo
legal. Ahora tiene amparo”, graficó el senador Daniel Filmus.
El Ministerio de Educación de la Nación también se constituirá
como un actor importante, ya que, según indica el artículo 8,
“diseñará campañas de difusión relativas a la importancia de la
cooperación y la participación ciudadana en el ámbito educativo”.
Además, el Consejo Consultivo de Políticas Educativas del Consejo
Federal de Educación las nucleará a nivel jurisdiccional, provincial y
nacional.
Según la nueva norma, cada jurisdicción deberá tener su
propia legislación para regular a las cooperadoras. En la Ciudad de Buenos Aires se aplican la ordenanza 35.514 y otras normativas complementarias.
A modo de síntesis, de acuerdo a la nueva Ley, la
implementación de las acciones de las cooperadoras debe guiarse por los
siguientes principios generales:
a) Integración de la comunidad educativa.
b) Democratización de la gestión educativa.
c) Mejora de los establecimientos escolares.
d) Fomento de prácticas solidarias y de cooperación.
e) Promoción de la igualdad de trato y oportunidades.
f) Promoción de la inclusión educativa.
g) Defensa de la educación pública.
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